El Gobierno aprueba el Real Decreto 148/2021, de 9 de marzo, por el que se establece la metodología de cálculo de los cargos del sistema eléctrico.

El 18 de marzo de 2021, se ha publicado en el BOE el Real Decreto 148/2021, de 9 de marzo, por el que se establece la metodología de cálculo de los cargos del sistema eléctrico (“RD 148/2021”) que, junto a los nuevos peajes del sistema establecidos por la Circular 3/2020 de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (“CNMC”), componen la parte regulada de la factura de la electricidad.

La metodología aprobada empezará a aplicar a los consumidores a partir del 1 de junio de 2021. Se exceptuará su aplicación a la energía consumida por los bombeos de uso exclusivo para la producción eléctrica, energía consumida por los titulares de instalaciones de almacenamiento, y a la energía consumida por los titulares de instalaciones de transporte de energía eléctrica como consumos propios para el funcionamiento de sus instalaciones.

Entre otros aspectos relevantes del RD 148/2021, destacamos que:

(a) Para el diseño de la estructura de cargos, se ha asumido la misma estructura tarifaria por niveles de tensión que la fijada por la CNMC. Es decir, la misma que los peajes 2.0RD, 3.0 RD, 6.1 TD, 6.2 TD, 6.3 TD y 6.4 TD. Además, se utilizan los mismos componentes de facturación;

(b) Se ha establecido una estructura de cargos con discriminación horaria, empleando para ello el mismo diseño de periodos horarios que el propuesto por la CNMC para los peajes;

(c) Se ha adoptado una metodología de asignación de los costes en función de las elasticidades relativas de cada segmento de consumidores, agrupados por su nivel de tensión y potencia contratada, de manera que los precios de los cargos sean tanto menores cuanto mayor es la sensibilidad de ese segmento de consumidores a un aumento del precio;

(d) Se propone un diseño binomial para los cargos, con un término fijo –dependiente de la potencia contratada–, y un término variable –dependiente de la energía consumida–.

(e) Se ha optado por un reparto de los cargos en los que, para los consumidores de baja tensión con menos de 15 kW de potencia contratada, el 25 % de los mismos se recuperará a través del término fijo y el 75 % a través del término variable. Para el resto de los consumidores, el 40 % de los cargos se recuperará a través del término fijo y el 60 % a través del término variable. Una excepción a este reparto es el caso de los puntos de recarga de vehículos eléctricos de acceso público, en los que, de forma transitoria, los cargos se recuperarán en su totalidad a través del componente de energía;

(f) Se adapta la figura del Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor (“PVPC”) a la nueva estructura de peajes y cargos;

(g) Se establece el mandato de adecuar los precios unitarios que financian los pagos por capacidad mediante orden ministerial.

Los precios de los cargos previstos para cada ejercicio se establecerán mediante orden de la Ministra para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, previo acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos. Actualmente se encuentra en consulta pública el Proyecto de orden por la que se establecen los precios de los cargos del sistema eléctrico y de los pagos por capacidad que resultan de aplicación a partir del 1 de junio de 2021. Se puede acceder al contenido a través de este link

La combinación de los nuevos cargos, y los peajes ya establecidos por la CNMC, permitirán que la factura eléctrica tenga un mayor componente variable, fomentando así el ahorro y la eficiencia energética. Además, la metodología esté alineada con los objetivos del Gobierno de descarbonización de la economía, transición justa, y fomento de la competitividad de la industria, y que contribuya a mantener la sostenibilidad económica y financiera del sistema eléctrico.

Ignacio Puig
Area Energía