Medios adecuados de solución de controversias (MASC): posible nuevo requisito previo para poder presentar una demanda civil.

En fecha 15 de diciembre de 2020 se aprobó el Anteproyecto de Ley de Medidas de Eficiencia Procesal del Servicio Público de Justicia, el cual ya ha sido sometido a audiencia pública pero no ha sido aún presentado en el Parlamento.

Entre las medidas de dicho anteproyecto destacamos, en este momento, la novedad del requisito previsto para poder presentar la mayoría de demandas de materia civil y mercantil: el demandante deberá intentar previamente una negociación con el demandado, enviándole una oferta vinculante; ofreciéndole acudir a mediación, conciliación u opinión neutral de un experto independiente; o impulsando una actividad de negociación mediante abogados.

Hasta ahora no es obligatorio realizar una actividad negociadora previamente a demandar, aunque se tiene en cuenta si el demandante ha remitido un requerimiento al demandado, de cara a la valoración de la buena fe. Pero la nueva norma pretende impulsar una actuación más profunda que un simple requerimiento, porque lo que se debe ofrecer es una negociación, no un simple ultimátum.

Entendemos que de aprobarse esta norma se impulsaría la mediación, reduciéndose a la vez el volumen de demandas que entran en los juzgados, pero que puede ser una carga importante para los demandantes por el retraso que conlleve y por la indefinición actual de la norma, de modo que será necesario conocer cuál es el texto final de la ley que se apruebe en su momento.

Antoni Faixó
Area Disputas