Impacto de la nueva Orden HAC/623/2026: Hacienda endurece el control sobre dividendos e inmuebles de no residentes

El pasado 23 de junio de 2026 se publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) la Orden HAC/623/2026, de 12 de junio. Esta norma introduce modificaciones críticas en la gestión del Impuesto sobre la Renta de no Residentes (IRNR), afectando de manera directa a los modelos de declaración 210, 213 y 296.

El propósito explícito de la Agencia Tributaria (AEAT) es elevar exponencialmente su capacidad de fiscalización y escrutinio sobre dos focos de alta sensibilidad internacional: las solicitudes de devolución de retenciones sobre dividendos y la opacidad en las rentas de bienes inmuebles en territorio español.

1. ¿Qué persigue la Agencia Tributaria con este cambio?

Hacienda busca mitigar el riesgo de fraude fiscal y el uso abusivo de los Convenios para Evitar la Doble Imposición (CDI). Los tres objetivos prioritarios son:

• Trazabilidad total de dividendos: Evitar prácticas fraudulentas de arbitraje de dividendos, como el fraude Cum-Ex -compraventas rápidas de acciones próximas a la fecha de reparto del dividendo- o Cum-Cum -el inversor extranjero transfiere temporalmente las acciones a una entidad residente antes del reparto del dividendo-, exigiendo la identificación inequívoca de los valores cotizados.

• Asegurar el control del sector inmobiliario: Cruzar de forma automática los rendimientos declarados por no residentes con el catastro y las plataformas de alquiler; plataformas que por otro lado ya tienen sus propias obligaciones de reporte bajo la normativa DAC7.

• Automatización de inspecciones: Disponer de datos estructurados para denegar de forma inmediata las solicitudes de devolución que no cumplan fielmente con los requisitos de información.

2. Principales Modelos Afectados y Novedades Técnicas

Modelo 210 (Autoliquidación del IRNR sin establecimiento permanente)

Es el modelo estrella para no residentes con rentas en España. Las modificaciones complican su cumplimentación y exigen nuevos datos obligatorios para los devengos a partir de su entrada en vigor:

• Creación del Anexo 210R (Desglose de Dividendos): En los casos en que se opte por agrupar rentas, los dividendos ya no se podrán declarar como una cifra agregada. Se debe rellenar un desglose individualizado por cada operación de cobro que incluya de forma obligatoria:

- Código ISIN de las acciones.
- Código LEI (Legal Entity Identifier) de la entidad emisora.
- Clave de mercado de cotización (clasificados con claves de la A a la E, según coticen en mercados oficiales españoles, de la UE, extranjeros no UE, o si son valores no negociados).

• Fiscalización de Inmuebles: Se añade la casilla obligatoria de "Clave de referencia catastral" para asegurar la identificación exacta del inmueble que genera rendimientos (ya sean imputados o por alquiler).

Modelo 296 (Declaración Informativa Anual de Retenciones)

Este modelo, presentado por los retenedores en España (bancos, sociedades pagadoras), se alinea con el Modelo 210 para exigir el mismo desglose atómico en el pago de dividendos a no residentes, sirviendo como herramienta de cruce automático para la AEAT.

3. Calendario y Nuevos Plazos de Presentación

La Orden reorganiza de forma drástica los plazos de presentación a partir del ejercicio 2026, facilitando la declaración del alquiler, pero endureciendo la gestión ordinaria:


4. Impacto Clave para Clientes Extranjeros y Expatriados (Ley Beckham)

Si bien los contribuyentes acogidos al régimen especial de trabajadores desplazados (Ley Beckham) presentan anualmente el Modelo 151, esta Orden les afecta de forma indirecta pero muy relevante debido a la naturaleza híbrida de su estatus fiscal. Recordamos que bajo este esquema el contribuyente tributa bajo las reglas del IRNR para todas sus rentas de fuente española (salvo el salario, que tiene reglas propias dentro del régimen).

• Dividendos de fuente española: Si el cliente bajo Ley Beckham posee participaciones en sociedades españolas (o mantiene una cartera de valores local), las retenciones soportadas y el desglose de estos dividendos se monitorizarán bajo los nuevos parámetros estrictos del Modelo 210R / Modelo 296. Cualquier discrepancia en el ISIN o LEI paralizará las devoluciones de exceso de retención.

• Inversiones inmobiliarias en España: Muchos clientes extranjeros aprovechan su estancia bajo la Ley Beckham, para adquirir segundas residencias o inmuebles para inversión en España. Las rentas que obtengan por el alquiler de estos activos tributan obligatoriamente vía Modelo 210. El nuevo requisito de la clave catastral aumenta el riesgo de inspección si Hacienda detecta que el inmueble está dado de alta en suministros o plataformas turísticas – fácilmente identificable- y el Modelo 210 no se ha presentado o tiene errores en los plazos de abril.

• Escrutinio sobre Estructuras Corporativas: La obligación del código LEI pondrá el foco sobre las sociedades patrimoniales extranjeras a través de las cuales muchos clientes internacionales canalizan sus inversiones en España.

5. Recomendaciones

Ante este escenario, y de cara a poder anticipar posibles contingencias, la recomendación pasa por la elaboración de un plan de ruta, comenzando con solicitar a custodios o administradores los códigos LEI e ISIN en relación con los dividendos.

Por lo que se refiere a los inmuebles, se hace aconsejable una auditoría de datos catastrales, así como una planificación de ventanas de liquidación para adaptarse al nuevo plazo unificado de los primeros 20 días de abril, para las autoliquidaciones a ingresar por arrendamientos.

YOLANDA CANO
Socia, Tax

*Este artículo no constituye asesoramiento legal.